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Foto del escritorCOLEF Castilla y León

La cuota de colegiación se puede deducir en la Renta 2023

Renta 2023

Consejo COLEF recuerda que tenemos la posibilidad de deducirnos la cuota de colegiación en la Campaña de la Renta 2023


Lo que se debe conocer para acceder a la deducción de la cuota colegial dependerá del cumplimiento de varios requisitos y de si se ejerce por cuenta propia o por cuenta ajena. En cualquier caso, podrá deducirse en la base imposible, opción que ha de indicarse expresamente en el borrador, pues no viene predeterminada.


A continuación, Consejo COLEF aporta más información de cada aspecto, información de los plazo y otras novedades interés:

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL

La profesión de la Educación Física y Deportiva es una profesión colegiada que requiere de su colegiación obligatoria en virtud de la siguiente normativa:


Por ello, aquellos que hayan tenido en el año 2023 algún ingreso por rendimiento de trabajo o actividad económica, trabajando por cuenta propia o ajena, en alguna actividad propia de la profesión de la Educación Física y Deportiva podrán deducirse la cuota en la declaración de la Renta.


Las actividades de obligatoria colegiación en la profesión abarcan cualquier actividad de Educación Física y Deportiva, tanto en el sector privado (asociativo y empresarial) como público, que para su acceso se haya demandado, en exclusiva, la titulación de Licenciatura en Educación Física, la Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.


Así, en Castilla y León, podrán deducirse la cuota colegial:

  • profesores de educación física en centros educativos públicos*, privados o concertados;

  • educadores físicos, preparadores físicos, entrenadores personales o readaptadores deportivos en cualquier ámbito, sector o instalación;

  • directores deportivos;

  • entrenadores o monitores deportivos, solo si (1) el título CAFYD es el único oficial que tienes, (2) se te ha exigido el título CAFYD de forma previa al inicio de la relación contractual o (3) cuando prestes servicios para los que se exija el título CAFYD.


No podrán acceder a la deducción de la cuota colegial las personas colegiadas que no hayan tenido ingresos en 2023 mediante actos profesionales de Educación Física y Deportiva, ni tampoco las personas colegiadas en modalidad no ejerciente.


*Desde 2015, según la Sentencia del Tribunal Constitucional 229/2015, de 2 de noviembre de 2015, sobre el artículo 16 de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de colegios profesionales de Castilla y León

DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL PARA PROFESIONALES POR CUENTA AJENA >> Máximo de 500 euros deducibles cuando se ejerce por cuenta ajena.

DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL PARA PROFESIONALES POR CUENTA PROPIA >> Sin límite de cuantía cuando la cuota colegial está vinculada al ejercicio por cuenta propia.

PLAZOS Y DIFERENTES SERVICIOS DE LA AEAT >> Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio | "Informador renta", "Renta web" y "Le llamamos"

OTRAS NOVEDADES DE INTERÉS

La AEAT pone a disposición de cualquier interesado el siguiente vídeo en su canal de Youtube para conocer el proceso de incluir la cuota colegial en las deducciones de su renta:


Se recomienda ver la nota original de donde se ha tomado la información general no específica de la profesión de las educadoras y educadores físico deportivos:


 

Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces.

Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión.

Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la Plataforma COLEF.

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