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Foto del escritorCOLEF Castilla y León

Salamanca no cuenta con educadores físicos para sus actividades físicas en los parques saludables



COLEF Castilla y León ha expresado su desacuerdo con el nuevo programa de actividades físicas para personas mayores del Ayuntamiento de Salamanca


A través de una carta de nuestro presidente, Luis A. García Primo, se ha puesto en conocimiento del Ayuntamiento de Salamanca nuestro malestar y desaprobación sobre el nuevo programa de actividades que se iniciará el próximo 10 de mayo en diversos parques saludables de la ciudad.


Tal y como indica la noticia de la página web del consistorio, las actividades están dirigidas a personas de 60 o más años que no tengan patologías que les encuadren como población de riesgo (COVID 19) y serán realizadas con la colaboración de profesionales de la Facultad de Enfermería y Fisioterapia de la Universidad de Salamanca.


Se trata, por tanto, de una "magnífica actividad que cuenta con profesionales que no son competentes para los objetivos pretendidos y contraviniendo los límites legales que la Comunidad Autónoma se ha puesto para garantizar la salud y la seguridad de sus ciudadanos en lo que a actividad físico-deportiva se refiere", ha detallado el presidente en su carta a la Concejalía de Mayores, organizadora del programa de 'Revitalización geriátrica' del Ayuntamiento.


La Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León regula tanto el deporte para personas mayores (art. 5) como las actividades profesionales que presten servicios de actividad físico-deportiva (Título VII). En este caso, ambos articulados se vinculan para garantizar los derechos este grupo de población en cuanto a su salud y seguridad como usuarios y consumidores.


Concretamente, es el educador físico quien está encargado del análisis, planificación, ejecución, control y evaluación de aquellas actividades deportivas y ejercicio físico orientados a la mejora de la calidad de vida y bienestar de las personas (art. 73.4), para lo cual se requiere su presencia física en la prestación de dichos servicios (art. 73.5), como es la actividad programada.


Con este escrito, hemos comunicado al Ayuntamiento de Salamanca que trasladaremos a las autoridades competentes en inspección en materia de actividad físico-deportiva las irregularidades que se cometan en esta actividad, sin perjuicio de la voluntad de este Colegio Oficial de reunirse para aclarar los términos de nuestro malestar.

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