Un total de 38 colegiados formaron parte del listado de peritos judiciales de Castilla y León durante 2022
Como todos los años, el Tribunal Superior de Justicia ha solicitado a COLEF Castilla y León un listado de colegiados que quieran y puedan intervenir como peritos para la administración de justicia de Castilla y León durante el año 2023.
Un perito judicial es un experto con conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos cuya misión es valorar hechos o circunstancias relevantes en un asunto, o adquirir certeza sobre ellos, a través de un dictamen que podrá ser utilizado en un caso judicializado.
Se trata de una labor de máxima responsabilidad en el que el perito deberá manifestar bajo juramento que su actuación habrá sido la de mayor objetividad posible y bajo el conocimiento de las sanciones penales en las que podría incurrir si incumple su deber. Su actuación tomará en consideración tanto lo que pueda favorecer, como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes.
Para poder ejercer como perito judicial en el ámbito de la educación física y deportiva, es preciso estar colegiado de acuerdo al artículo 341 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, por el cual se establece el procedimiento para la designación de peritos de la administración de justicia.
Según la Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, las áreas de competencia de un titulado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en las que se puede intervenir como perito son:
Intervención educativa.
Prevención, adaptación y mejora del rendimiento físico-deportivo y de la salud mediante la condición física y el ejercicio físico.
Promoción de hábitos saludables y autónomos mediante actividad física y deporte.
Intervención mediante las manifestaciones del movimiento humano.
Planificación, evaluación y dirección-organización de los recursos y la actividad física y deporte.
Método y evidencia científica en la práctica.
Desempeño, deontología y ejercicio profesional en el contexto de las intervenciones.
Soy colegiado. ¿Qué debo saber antes de inscribirme?
El llamamiento y nombramiento lo realiza el propio Juzgado, aunque es posible ser sustituido por el siguiente en la lista si se comunica una causa justa. También podrás ser recusado si concurre alguna causa de las establecidas en el artículo 343 LEC.
Al tratarse de un requerimiento retribuido, en los siguientes días se puede solicitar una provisión de fondos que, tras su aprobación, si no es entregada en el plazo establecido de cinco días, quedarás eximido de presentar el dictamen.
Si lo has recibido, deberás entregar dicho dictamen por escrito y mediante medios electrónicos en el plazo establecido, sin perjuicio de que se requiera tu presencia en el juicio o en la vista, para lo cual se te darán indicaciones oportunamente.
Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces.
Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión.
Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la Plataforma COLEF.
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