Enviamos nuestras aportaciones para una mejor gestión normativa del deporte en edad escolar de Castilla y León solicitando, entre otros, un reconocimiento al trabajo realizado por los profesores de Educación Física
COLEF Castilla y León se ha dirigido mediante escrito a la Directora General de Deportes para presentar las aportaciones pertinentes sobre la nueva norma que regule el deporte en edad escolar de Castilla y León con el objetivo de aumentar la participación el próximo curso 2021-2022 en condiciones idóneas para la práctica deportiva.
En un momento en el que la obesidad y los índices sedentarismo en la población infantil y adolescente es preciso que la Administración haga lo posible para facilitar acciones de actividad físico-deportiva extraescolar que contribuyan a las estrategias de promoción de creación de hábitos saludables. Para ello, consideramos fundamental una colaboración estrecha con las consejerías de Educación y de Sanidad.
Como punto fundamental, se ha trasladado el sentir del profesorado de educación física en cuanto a que no se les reconoce su trabajo en lo que a la organización de los juegos escolares se refiere, por lo que hemos instado a que en esa colaboración estrecha con la Consejería de Educación se contemple el reconocimiento de horas lectivas para los profesores que ejerzan estas funciones dentro de su centro.
Sobre todo ahora que se pretende promover la figura del Coordinador en cada centro escolar o entidad deportiva que, con un carácter no obligatorio, sea quien fomente la participación en el Programa de Deporte Escolar. En este caso, hemos solicitado que dicha denominación se sustituya por la de Director Deportivo debido a las funciones de gestión deportiva que se le pueden atribuir (como el diseño de un Proyecto Deportivo, el calendario, la coordinación del equipo técnico o la supervisión del material e instalaciones) y para definir su cualificación, inexistente en el borrador de la nueva Orden.
Por otro lado, también se ha trasladado que, a pesar de la inclusión expresa de las actividades no competitivas como otro tipo de actividad que se puede organizar, de forma generalizada, se sigue dando prioridad a las competiciones frente a actividades de fomento de actividad física, por lo que se ha instado a encontrar fórmulas que eviten competiciones cuyos resultados no contribuyan especialmente a los fines establecidos en la Orden sobre la creación de hábitos de vida saludable.
Por último, hemos transmitido nuestra posición en contra de que se rebaje la edad hasta los 16 años de los monitores y entrenadores que lleven a cabo las actividades deportivas en cualquier caso.
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