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  • Foto del escritorCOLEF Castilla y León

Ejercer una profesión de la AFD sin cualificación es delito de intrusismo en Castilla y León

Actualizado: 17 may 2021



La profesionalización del sector de la actividad físico-deportiva en Castilla y León supone una garantía de calidad para los ciudadanos.


Resulta comúnmente aceptado que la práctica de la actividad físico-deportiva es beneficiosa para las personas, pero si esa actividad es programada, conducida o asistida por personas sin una cualificación, puede convertirse en una amenaza para su salud y su seguridad que debe perseguirse de forma legal.


Con el objetivo de garantizar los derechos de los usuarios y consumidores de actividad físico-deportiva, en Castilla y León el sector tiene reguladas sus profesiones estableciendo las cualificaciones para cada una de ellas, es decir, se exige que el personal encargado de prestar los servicios físico-deportivos dispongan de los correspondientes títulos o certificaciones establecidos en la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Física y Deportiva de Castilla y León y en su modificación de febrero de 2021.


Se trata de un requisito para todas las personas que ofrezcan servicios de actividad físico-deportiva en Castilla y León, independientemente del espacio utilizado y del fin perseguido, es decir, tanto en clubes, centros educativos, como en cualquier modalidad de ejercicio realizado en gimnasios, centros de entrenamiento personal, estudios, instalaciones deportivas u otros análogos, así como en centros hospitalarios, de rehabilitación, de fisioterapia, de estética o similares.


En caso contrario, se estará cometiendo un delito de intrusismo que castiga a quien «ejercite actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente» (art. 403 del Código Penal) con penas de multa y de prisión de entre seis a veinticuatro meses.


En el caso de las personas tituladas en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFYDE), o titulación equivalente, pueden acceder a todas las actividades profesionales: Monitor Deportivo, Entrenador Deportivo, Director Deportivo y Preparador Físico. De hecho, solo las personas que están en posesión de esta titulación universitaria pueden ejercer como preparadores físicos, educadores físicos, entrenadores personales, readaptadores deportivos y directores deportivos (en el marco polideportivo) en Castilla y León.


COLEF Castilla y León desea recordar que la titulación en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte es la máxima cualificación en el sector de la actividad físico-deportiva y que para reconocer a una persona que ostenta esta titulación solo tiene que pedir su número de colegiado.


 

Entrenar sin titulación y delito de intrusismo, Sonia Navarrete (IUSPORT); Marzo, 2021.

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